Convalidación de módulos de ciclos formativos de Grado Básico

  • Los módulos profesionales de Ciclos Formativos de Grado Básico que tengan asignados diferentes códigos y posean idénticas denominaciones, con independencia del Ciclo Formativo al que pertenezcan.
  • En relación a los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Ciencias Sociales I y II se aplicará lo dispuesto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas. 
  • La convalidación de los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Ciencias Sociales I y II por los antiguos módulos profesionales de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Sociedad I y II se solicitará en el centro de Formación Profesional donde se haya formalizado la matrícula. La resolución será automática por parte del centro y la calificación del ámbito afectado será la que apareciera en el expediente académico de la antigua formación, de acuerdo con la siguiente correspondencia:
3009. Ciencias Aplicadas I 3163. Ciencias Aplicadas I
3010. Ciencias Aplicadas II 3164. Ciencias Aplicadas II
3019. Ciencias Aplicadas II 3164. Ciencias Aplicadas II
3042. Ciencias Aplicadas II 3164. Ciencias Aplicadas II
3059. Ciencias Aplicadas II 3164. Ciencias Aplicadas II
3011. Comunicación y Sociedad I 3161. Comunicación y Ciencias Sociales I
3012. Comunicación y Sociedad II 3162. Comunicación y Ciencias Sociales II
  • Los/as alumnos/as que hayan cursado un Programa de Cualificación Profesional Inicial y hubieran superado los módulos formativos obligatorios del ámbito de Comunicación y del ámbito Social que, además, hubieran superado un módulo de Lengua Extranjera, bien establecido por las Administraciones educativas o de oferta de los centros, en el ámbito de sus competencias, podrán obtener la convalidación del ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales I. Asimismo, quienes hubieran superado el módulo formativo obligatorio del ámbito Científico-tecnológico, podrán obtener la convalidación del ámbito de Ciencias Aplicadas I. 
  • Quienes hubieran superado los ámbitos de Comunicación y Ciencias Sociales I y II y Ciencias Aplicadas I y II en cualquiera de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Básico correspondiente a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Básico. La resolución será automática por parte de los centros educativos y se mantendrá la calificación obtenida. 
  • El alumnado matriculado en cualquiera de las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Básico podrá obtener las siguientes convalidaciones, que serán resueltas automáticamente por los centros:
  1. Quienes tengan superadas las siguientes tres materias: Lengua Castellana y Literatura (y Lengua Cooficial y Literatura, si la hubiere), Lengua Extranjera y Geografía e Historia del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de sus modalidades podrán obtener los ámbitos de Comunicación y Ciencias Sociales I y II.
  1. Quienes tengan superada la materia de Matemáticas (A o B) y dos de las cuatro siguientes: Biología y Geología, Física y Química, Tecnología y Digitalización del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de sus modalidades podrán obtener los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II.