PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL (PGA)
PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (PEC)
En este documento se recogen las características de nuestro centro, los objetivos que perseguimos, los valores que pretendemos transmitir a nuestros alumnos y las Normas de Organización y Funcionamiento.
PLAN DIGITAL DE CENTRO (PDC)
El plan de digitalización del CP Manuel Fernández Juncos es un instrumento de planificación integrado en el Proyecto Educativo que persigue transformar nuestro centro en una institución digitalmente competente e integrar el uso de la tecnología tanto en los procesos de enseñanza-aprendizaje como en otras tareas de la función docente y en la gestión del centro.
PLAN DIGITAL DE CENTRO.
CONCRECIÓN CURRICULAR
Criterios de calificación y evaluación.
PLAN DE BIENESTAR Y CONVIVENCIA.
Normas y organización de centro.
Normas de organización y funcionamiento.pdf
Normas de comedor pulsar aquí .
Ordenación y currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias (LOMLOE)
Decreto por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Infantil en el Principado de Asturias.
Decreto currículo Educación Infantil Asturias (pdf) -BOPA de 12/8/2022-
Decreto por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias.
Decreto currículo Educación Primaria Asturias (pdf) -BOPA de 12/8/2022-
NSTRUCCIONES
Los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas en las etapas de educación Infantil y Primaria han de ser espacios libres de dispositivos móviles. Excepcionalmente y solo por razones de salud o personales debidamente acreditadas ante la dirección del centro el alumnado podrá asistir al centro con un dispositivo móvil.
Acoso escolar
El acoso escolar o bullying consiste en agresiones físicas y/o psíquicas reiteradas y continuadas que sufren niños/as o adolescentes en el entorno escolar (o fuera de él) por parte de algún/a alumno/a o grupo de alumnos.
Este tipo de conductas son, entre otras:
agresiones, intimidaciones, aislamiento, amenazas, insultos, burlas y otras actitudes similares. Esta situación se complica aún más cuando el acoso escolar es a través de las redes sociales o móviles (ciberacoso o ciberbullying) ya que estas agresiones se perpetúan y mantienen durante más tiempo, en el anonimato de las redes.
Coordinador de bienestar: funciones.
a) Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidos tanto al personal que trabaja en los centros como al alumnado. Se priorizarán los planes de formación dirigidos al personal del centro que ejercen de tutores, así como aquellos dirigidos al alumnado destinados a la adquisición por estos de habilidades para detectar y responder a situaciones de violencia.
Asimismo, en coordinación con las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, deberá promover dicha formación entre los progenitores, y quienes ejerzan funciones de tutela, guarda o acogimiento.
b) Coordinar, de acuerdo con los protocolos que aprueben las administraciones educativas, los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes, debiendo informar a las autoridades correspondientes, si se valora necesario, y sin perjuicio del deber de comunicación en los casos legalmente previstos.
c) Identificarse ante los alumnos y alumnas, ante el personal del centro educativo y, en general, ante la comunidad educativa, como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia en el propio centro o en su entorno.
d) Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos.
e) Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.
f) Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.
g) Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.
h) Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia al que se refiere el artículo 31.
i) Promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para la seguridad de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
j) Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Agencias de Protección de Datos.
k) Fomentar que en el centro educativo se lleva a cabo una alimentación saludable y nutritiva que permita a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más vulnerables, llevar una dieta equilibrada.
3. El Coordinador o Coordinadora de bienestar y protección actuará, en todo caso, con respeto a lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos.


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