Convocatorias, bajas, renuncias y turnos

Renuncia a convocatoria módulos de F.P.

Cada módulo profesional de ciclos formativos de grado medio y superior, incluido el módulo de Proyecto, podrá ser objeto de evaluación y calificación final en cuatro ocasiones, correspondientes a cuatro convocatorias (cada curso académico dispone de dos convocatorias), excepto el de Formación en centros de trabajo que lo será en dos. En el caso de los ciclos de grado básico, el alumnado podrá estar matriculado  en el ciclo durante un máximo de cuatro cursos académicos.

Con el fin de no agotar las convocatorias previstas, el alumno o la alumna podrán solicitar la renuncia a cada una de las convocatorias establecidas para todos o para algunos módulos profesionales matriculados. La renuncia a la convocatoria de un módulo profesional supone la pérdida de la evaluación y calificación final de dicho módulo sin que ello suponga la renuncia del alumno o la alumna a recibir docencia.

La solicitud de renuncia a la convocatoria o a la matrícula deberá presentarse  al menos un mes antes de la evaluación final correspondiente del módulo o módulos profesionales para los que solicita la renuncia, o, en el caso del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, al menos un mes antes de la fecha prevista para su inicio.

Solicitud para cursar módulos como pendientes en F.P. Distancia
Las condiciones y formulario puedes encontrarlo en este enlace.
Solicitud de convocatoria de gracia para módulos de F.P.

Cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, excepto el de formación en centros de trabajo que lo será en dos.

Con carácter excepcional, quienes hayan agotado todas las convocatorias de un módulo por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios, podrá solicitar una convocatoria extraordinaria de gracia.

La convocatoria extraordinaria de gracia se deberá solicitar con carácter previo a la matriculación del módulo o de los módulos correspondientes.

La concesión de la convocatoria extraordinaria de gracia permitirá al alumno o a la alumna cursar el módulo o módulos profesionales para los que haya sido concedida, previa matriculación, en las mismas condiciones que en las convocatorias previamente agotadas.

La matrícula correspondiente de los módulos profesionales para los que se haya concedido una convocatoria extraordinaria se realizará, por una sola vez, en el año académico que desee el alumno o la alumna, dentro de los plazos y condiciones de matrícula.

Renuncia a la matricula de un curso

La renuncia a la matricula supone la pérdida de la condición de alumno o alumna en el ciclo formativo o curso de ESO o Bachillerato correspondiente al año académico en que conste matriculado o matriculada y, por tanto, no recibirá docencia ni será objeto de evaluación y calificación. La solicitud de renuncia a la matrícula deberá presentarse  al menos un mes antes de la evaluación final.

Preferencia de turno en primeros cursos de ciclos formativos
  1. El alumnado repetidor en primer lugar y posteriormente las personas que han obtenido plaza en el procedimiento de admisión, indicarán su preferencia de turno en el momento de formalizar su matrícula, aportando la documentación oportuna.
  2. El centro docente tendrá en cuenta, si es posible, la preferencia solicitada en cada una de las convocatorias. Cuando no existan plazas suficientes para atender todas las preferencias solicitadas, se aplicará el siguiente orden de prelación:

a) Solicitantes que acrediten alguna de las siguientes situaciones: discapacidad en grado igual o superior al 33%, deportistas de alto nivel o alto rendimiento, tener un contrato de trabajo o encontrarse en situación extraordinaria de enfermedad, dependencia o cualquier otra que impida desarrollar las enseñanzas en el horario adjudicado.

b) De no resolverse todas las situaciones aplicando lo establecido se adjudicará plaza en primer lugar a aquel alumnado que haya obtenido el título que le da acceso en un curso más cercano al año en que se lleve a cabo el proceso de admisión y en segundo lugar se tendrá en cuenta la mayor calificación en la nota media del expediente académico de las enseñanzas que le dan acceso.

c) Una vez aplicados los criterios anteriores, los posibles empates se resolverán mediante la ordenación alfabética de las solicitudes de acuerdo con el resultado del sorteo público y único celebrado en la consejería competente en materia de educación para dirimir empates en los procesos de admisión.

     3. En el mes de noviembre, los grupos quedarán consolidados.

Cambio de turno en segundos cursos de ciclos formativos
  1. El alumnado se matriculará en el mismo turno (diurno o vespertino) en el que haya cursado el primer curso.
  2. El alumnado podrá solicitar el cambio de turno y se le podrá conceder, siempre que se produzcan vacantes en el turno solicitado, siguiendo el orden de prelación mencionado en el apartado 2 que se aplica a los primeros cursos. Para ello, deberá realizar una solicitud de cambio de turno en el momento de formalizar la matrícula o en los primeros 5 días lectivos incluido el día en el que se inician las clases. Junto a la solicitud deberá aportar la documentación oportuna que acredite de manera fehaciente la situación de  imposibilidad de desarrollar las enseñanzas en un determinado horario.
  3. En el mes de noviembre, los grupos quedarán consolidados.