Convalidación módulos de F.P.

Es importante leer atentamente la información proporcionada por la Consejería de Educación del Principado de Asturias y del Ministerio de Educación y Formación Profesional:

Información Convalidaciones Consejería de Educación del Principado Asturias
Información Convalidaciones Ministerio de Educación y Formación Profesional

Los módulos de los ciclos de Formación Profesional susceptibles de ser convalidados (se exceptúan el módulo de Formación en Centros de Trabajo y Módulos profesional de Proyecto) dependiendo de su naturaleza tienen dos vías distintas de gestión:

1. Remisión al MECD (Pulsa para instrucciones detalladas)

  • Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE o LOE de ciclos formativos de grado superior  (no de grado medio) aportando estudios universitarios oficiales de Diplomado, Licenciado o de Grado. Únicamente se admitirán aquellas solicitudes que, como máximo, soliciten el 60% de los créditos ECTS incluidos en el título. (UniversidadLOGSE o LOE)
  • Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE aportando estudios de FP LOE. (LOELOGSE) excepto el módulo de FOL que se remitirá a la dirección del centro.
  • Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE o LOE, aportando estudios de FP1 o FP2 de la Ley 14/1970, de agosto, General de Educación y Financiamiento de la reforma Educativa. (FP1er. grado o FP2º grado → LOGSE o LOE)

2. Remisión a la dirección del centro (Pulsa para instrucciones detalladas)

  • Convalidación de módulos profesionales LOGSE aportando estudios LOGSE. LOGSE→LOGSE (Anexo I de la Orden de convalidaciones de 2014 y de la Orden de 2001)
  • Convalidación de módulos profesionales LOE aportando estudios LOGSE. LOGSELOE (Anexo III de la Orden de convalidaciones de 2014).
  • Convalidación de módulos profesionales LOE aportando estudios LOE. LOE LOE (Anexo II de la Orden de 2014)
  • Convalidación de módulos profesionales LOE aportando Unidades de Competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones. (ANEXO V A) DE LOS RRDD DE LOS TÍTULOS) Unidad de Competencia LOE
  • Convalidación del módulo de idioma

 

Convalidaciones módulos FP
Solicitud Convalidaciones

Convalidaciones módulos y exenciones FCT

Módulo de F.C.T.

El módulo de Formación en Centros de Trabajo presenta una regulación específica.

En el caso de la modalidad de ciclos de presencial se podrá realizar el módulo de FCT:

  1. Cuando el alumno o la alumna hayan alcanzado la evaluación positiva en todos los módulos profesionales, exceptuando el módulo profesional de proyecto correspondiente a los ciclos formativos de grado superior.
  2. Cuando el alumno o la alumna tenga un solo módulo profesional pendiente de superación, y siempre que no se trate de un módulo profesional asociado a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

En el caso de la modalidad de ciclos de distancia se podrá realizar el módulo de FCT:

  1. Cuando el alumno o la alumna hayan alcanzado la evaluación positiva en todos los módulos profesionales, exceptuando el módulo profesional de proyecto correspondiente a los ciclos formativos de grado superior.
  2. En la evaluación final ordinaria de 2º (marzo), cuando el alumno o la alumna tenga un solo módulo profesional de 2º evaluado y pendiente de superación, y siempre que no se trate de un módulo profesional asociado a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El periodo de realización de la FCT es de abril a junio.
  3. En la evaluación final extraordinaria de 2º (junio), cuando el alumno o la alumna tenga un solo módulo profesional de 1º evaluado y pendiente de superación o un módulo de 2º evaluado y pendiente de superación, y siempre que no se trate de un módulo profesional asociado a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El periodo de realización de la FCT es de septiembre a diciembre del curso siguiente, previa matriculación, y en diciembre se evalúa la FCT, el proyecto (en CFGS) y el módulo pendiente (si lo hay)

Podrá obtenerse la exención total o parcial del módulo de FCT por su correspondencia con la práctica laboral, siempre que se acredite, al menos, un año de experiencia relacionada con los estudios profesionales del ciclo para el cual se solicita.

La exención podrá ser total o parcial, dependiendo de la correspondencia que pudiese haber entre la experiencia acreditada y los contenidos del módulo formativo de FCT. La solicitud de exención requerirá, la matriculación previa del alumno o la alumna en el módulo de FCT del ciclo formativo correspondiente.

En el caso de los ciclos formativos de grado superior en enseñanzas LOE, el módulo de Proyecto va aparejado al periodo de realización de FCT por lo que se desarrollará y evaluará en el periodo donde se realizaría la FCT aunque esta esté exenta.

Debe adjuntarse como documentación general, además de la solicitud que se puede descargar más abajo la siguiente:

  • Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y
    • Certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
  • Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral) o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y
    • Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Podrá solicitar una ampliación del periodo de realización de la FCT el alumnado que acredite una situación laboral activa, u otra causa de fuerza mayor, que le dificulte o impida realizar el módulo de FCT durante el período ordinario establecido. En estos casos , podrá solicitar, la realización de dicho módulo dividida entre el periodo ordinario y extraordinario. La solicitud de ampliación de FCT conlleva la renuncia a la convocatoria del primer período de realización . En el caso de los ciclos formativos de grado superior en enseñanzas LOE, el módulo de Proyecto va aparejado a FCT por lo que no se evaluará hasta la convocatoria donde se evalue la FCT. La nota se asignará a  la finalización del segundo período de realización de FCT.

Las solicitudes se entregarán es secretaría presencialmente. Se habilita la dirección convalidaciones@ies1.com para recibir solicitudes desde la cuenta coorporativa del alumnado  @educastur.es (en caso de no ser enviadas desde esta cuenta, no serán gestionadas por no poder verificar el origen).