• Baja voluntaria

La renuncia a la matrícula supone la pérdida de la condición de alumno/a en el ciclo formativo o curso de ESO o Bachillerato correspondiente al año académico en que conste matriculado/a y, por tanto, no recibirá docencia ni será objeto de evaluación y calificación.

Baja voluntaria ESO (menores de edad)

Baja voluntaria ESO (mayores de edad)

 

Anulación de matrícula Bachillerato (menores de edad)

 

Renuncia matrícula Ciclos Formativos (mayores de edad)

 

  • Renuncia a convocatoria módulos FP

Con el fin de no agotar las convocatorias previstas, el alumno/a podrá solicitar la renuncia a cada una de las convocatorias establecidas para todos o para algunos módulos profesionales matriculados. La renuncia a la convocatoria de un módulo profesional supone la pérdida de la evaluación y calificación final de dicho módulo por el alumno/a solicitante pero no pierde la condición de alumno/a del centro)

La solicitud de renuncia a la convocatoria o a la matrícula deberá presentarse  al menos un mes antes de la evaluación ordinaria final correspondiente del módulo o módulos profesionales para los que solicita la renuncia, o, en el caso del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, al menos un mes antes de la fecha prevista para su inicio. En el caso de la convocatoria extraordinaria, serán 10 los días de antelación con los que habrá que solicitar la renuncia.

Renuncia de convocatoria

 

  • Solicitud de convocatoria de gracia para módulos de F.P.

Con carácter excepcional, quienes hayan agotado todas las convocatorias de un módulo por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios, podrá solicitar una convocatoria extraordinaria de gracia.

La convocatoria extraordinaria de gracia se deberá solicitar con carácter previo a la matriculación del módulo o de los módulos correspondientes.

La concesión de la convocatoria extraordinaria de gracia permitirá al alumno/a cursar los módulos profesionales para los que haya sido concedida, previa matriculación, en las mismas condiciones que en las convocatorias previamente agotadas.

 

  • Solicitud de exención de FTCs

Podrá obtenerse la exención total o parcial del módulo de FCT por su correspondencia con la práctica laboral, siempre que se acredite, al menos, un año de experiencia relacionada con los estudios profesionales del ciclo para el cual se solicita.

La exención podrá ser total o parcial, dependiendo de la correspondencia que pudiese haber entre la experiencia acreditada y los contenidos del módulo formativo de FCT. La solicitud de exención requerirá, la matriculación previa del alumno o la alumna en el módulo de FCT del ciclo formativo correspondiente.

En el caso de los ciclos formativos de grado superior en enseñanzas LOE, el módulo de Proyecto va aparejado al periodo de realización de FCT por lo que se desarrollará y evaluará en el periodo donde se realizaría la FCT aunque esta esté exenta.

Debe adjuntarse como documentación general, además de la solicitud que se puede descargar más abajo la siguiente:

Solicitud exención FCT

 

  • Convalidación módulos de F.P.

Es importante leer atentamente la información proporcionada por la Consejería de Educación del Principado de Asturias y del Ministerio de Educación y Formación Profesional:

Información Convalidaciones Consejería de Educación del Principado Asturias
Información Convalidaciones Ministerio de Educación y Formación Profesional

 

Solicitud convalidaciones