Programa de préstamo y reutilización de libros

 

El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día 7 al 25 de abril, ambos incluidos.

El trámite de confirmación del borrador deberá realizarse presencialmente en el centro educativo.

Es muy importante que firmen el consentimiento a la AEAT, Servicios Tributarios del Principado y a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar todos los mayores de 14 años, página 1, y la solicitud el padre, la madre o tutor, página 2.

Es decir, este año la solicitud se ha modificado y hay que firmar en dos sitios diferentes.

Los borradores de las solicitudes serán entregados el viernes día 4 a las familias susceptibles de solicitar dicha ayuda. Deberán esperar hasta la apertura del plazo establecido en la convocatoria para su validación o entrega en el centro a partir del día 7 de abril que comienza el plazo de presentación.

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Los borradores de las solicitudes serán entregados el viernes día 4 a las familias susceptibles de solicitar dicha ayuda. Deberán esperar hasta la apertura del plazo establecido en la convocatoria para su validación o entrega en el centro a partir del día 7 de abril que comienza el plazo de presentación.

Extrato de la resolución de 24 de marzo de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2025/2026.

Extracto de la convocatoria (pdf) BOPA 03-04-2025

Acceso a la convocatoria en asturias.es

Umbrales de renta

La citada convocatoria va dirigida a aquel alumnado escolarizado en centros públicos. Los beneficiarios serán las alumnas o alumnos que estén matriculados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o EBO en los centros públicos del Principado de Asturias durante el curso 2025/2026 siempre y cuando no repitan curso y su unidad familiar no haya superado en el ejercicio 2023 los siguientes umbrales de renta:

  • Familias de dos miembros (monoparentales): 16.000,00 €
  • Familias de tres miembros: 24.000,00 €
  • Familias de cuatro miembros: 32.000,00 €
  • Familias de cinco miembros: 40.000,00 €
  • Familias de seis miembros: 48.000,00 €
  • Familias de siete miembros: 56.000,00 €
  • Familias de ocho miembros: 64.000,00 €
  • A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable, se añadirán 4.000,00 €

Por otro lado, en el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o de alta capacidad intelectual, este umbral o tope de renta se verá incrementado en 5.000 €. También se incrementa el umbral para familias numerosas en 3.000 € si es de categoría general y en 5.000 € si es de categoría especial. En el caso de familias monoparentales se incrementa el umbral en 3.000 € si es de categoría general y en 5.000 € si es de categoría especial. El reconocimiento de familia monoparental es compatible con el título de familia numerosa, si bien los beneficios y ventajas, en ningún caso, serían acumulativos.