PROGRAMA DE PRÉSTAMO DE LIBROS DE TEXTO

(Circular de inicio de curso 2018-2019 para los centros docentes públicos)

 

3.7.9. Programa de préstamo de libros de texto 

3.7.9.1. Normativa reguladora y convocatoria anual

Por Resolución de 1 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto (BOPA 06/06/2016). Sobre la base de la mencionada resolución, se publica anualmente la convocatoria de apertura de plazo para la participación del alumnado en el programa.

El programa está dirigido a todo el alumnado de centros docentes públicos que curse estudios en la etapa de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria Y Educación Básica Obligatoria.

Con carácter general los libros de texto o soporte informático equivalente pasarán a formar parte del banco de libros o fondo bibliográfico del centro, al objeto de ser utilizado por el alumnado en concepto de préstamo durante los sucesivos cursos escolares.

La Dirección de cada Centro Educativo arbitrará las medidas necesarias para que el contenido de la convocatoria sea conocido por todos los sectores de la comunidad educativa, especialmente por las familias del alumnado solicitante. Sin perjuicio de lo anterior, el contenido de la misma y la información complementaria, en su caso, será publicado en el Portal Educastur.

Una vez resuelto el proceso de selección del alumnado beneficiario del Programa se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el anuncio de información pública. La relación concreta del alumnado beneficiario se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura del Principado de Asturias y podrá ser consultado por las familias en el portal www.asturias.es

Publicada la lista de beneficiarios del programa para el curso 2018/2019, la Consejería de Educación y Cultura, procederá a realizar el libramiento de fondos, asignando a cada centro educativo una partida económica complementaria a los gastos de funcionamiento del centro, que le permita asumir los gastos de adquisición de los lotes de libros o soporte informático equivalente. El importe de referencia para proporcionar lotes de libros para el alumnado beneficiario del programa es de 105€.

El Programa de préstamo y reutilización de libros de texto persigue como fin la progresiva dotación de fondos bibliográficos para todos los centros docentes, de tal forma que les permita asignar lotes de libros con carácter general a todo el alumnado independientemente de las rentas familiares, por tanto, teniendo en cuenta los fondos bibliográficos existentes, una vez asignado el material a aquellos que posean la condición de beneficiarios, se podrán asignar el resto de lotes de libros disponibles al alumnado participante que haya resultado no beneficiario, hasta agotar existencias.

Los criterios para la distribución de excedentes del banco de libros se incluirán en la documentación institucional del centro.

Se entenderán como libros de texto los materiales impresos de carácter duradero, autosuficiente y no fungible, destinados a ser utilizados por el alumnado, y que desarrollan los contenidos establecidos en la normativa vigente. Se considerarán, no obstante, como tales los materiales correspondientes al primer ciclo de educación primaria, aún cuando no sean materiales reutilizables en años sucesivos.

En el caso de los centros que no utilicen libros de texto podrán adquirir materiales educativos en formato digital o soportes digitales siempre que estos sean reutilizables.

El material adquirido por el centro será propiedad del mismo, por lo que pasará a formar parte del material inventariable, debiendo constar por tanto en el registro correspondiente.

Previo a su primera entrega al alumnado beneficiario del Programa, deberá ser sellado por el centro, haciendo referencia al Centro educativo, el curso escolar en que se adquirió y al número de registro. Así mismo, se procederá a registrar su baja en el inventario, cuando dicho material se encuentre en un estado que impida su uso o se haya realizado un cambio de libros en el centro.

Una vez acordado por el órgano competente, el centro comunicará a las familias la relación de libros que se van a entregar en préstamo al alumnado, con el fin de que puedan completar el resto de material necesario para la actividad lectiva del curso.

Cuando un alumno o una alumna disfrute del servicio de préstamo del material y se produzca un cambio de centro por traslado a otro, bien del Principado de Asturias u otra comunidad autónoma, el material, como propiedad del centro educativo, se reintegrará al mismo. Los centros que reciban a alumnado por traslado no están obligados a facilitarle los libros de texto, si bien esta circunstancia se valorará en cada caso en función de las existencias con que se cuente en el banco de libros del centro.

Tanto los ingresos procedentes de la Consejería de Educación y Cultura para la financiación de la compra de material para el banco de libros o fondo bibliográfico, como los gastos de adquisición para su dotación, se integrarán en el presupuesto del centro educativo.

Su tratamiento contable en GECE será el que sigue:

  • El ingreso se contabilizará en el programa 423B, en la cuenta 101, “recursos de educación y ciencia”, Grupo 1000, “Banco de libros y material escolar”.
  • El gasto de adquisición de material didáctico y libros de texto con cargo a los ingresos afectados de la Consejería, se contabilizará en función de su naturaleza en el programa 423B, en la cuenta 20602, “Libros, revistas y otras publicaciones”.

Las cantidades libradas y no gastadas por los centros docentes públicos, no podrán ser utilizadas para concepto distinto al que han sido asignadas. Una vez realizada la adquisición de material, en caso de disponer de crédito sobrante, el centro podrá emplear dichos remanentes para completar el banco de libros según sus necesidades y ejercicio presupuestario en el que surjan.

La justificación del gasto se realizará en el momento de la rendición de la cuenta de gestión aprobada por el órgano competente, a través de la aplicación informática GECE. El centro deberá conservar, a efectos de la justificación del gasto, las facturas, debidamente conformadas por el secretario o la secretaria del centro.

Cuando el alumno o alumna disponga de libros de texto, aun teniendo la condición de beneficiario, decaerá del derecho a percibir el correspondiente lote de libros, no siendo posible abonarle a la familia por parte del centro, cantidad económica equivalente alguna.

Los responsables legales del alumnado, de forma previa al uso del material en préstamo, deberán firmar el anexo de compromiso por el cual quedan obligados a un uso correcto de los materiales entregados, así como a reintegrarlos en buen estado al centro una vez finalizado el curso escolar. El deterioro culpable, así como el extravío de los libros de texto, supondrá la obligación de reponer el material deteriorado o extraviado por parte de los representantes legales del alumnado.

Cada centro establecerá las normas de funcionamiento de su fondo bibliográfico, con especial atención a las condiciones de devolución de los libros, que deberán ser recogidas en el Reglamento de Régimen Interior dentro del Plan de convivencia.

Así mismo, se deberán arbitrar las medidas necesarias para responsabilizar al alumnado del uso adecuado de los libros de texto, fomentando valores como el cuidado y la reutilización de los materiales, la solidaridad y el respeto.

Para cualquier aclaración sobre el programa, los centros podrán dirigir sus dudas o peticiones al correo electrónico: prestamolibros@asturias.org.

3.7.9.2. Análisis y valoración del programa

Sin ninguna duda, después de cuatro cursos de la implantación del programa, se ha constatado que la evolución tan positiva del mismo se debe al esfuerzo dinamizador y a la implicación de los equipos directivos, personal docente y familias, así como a la importante financiación recibida por los centros a partir de la convocatoria anual de participación en el programa.

Paralelamente, cada curso escolar los centros docentes han ido incrementando su dotación de medios digitales al tiempo que se han impulsado actuaciones de mejora sustanciales en la conectividad a través del Programa Escuelas Conectadas que se está desarrollando durante el presente año 2018 para todos los centros docentes públicos que impartan Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. Este Programa Escuelas Conectadas, una vez que esté plenamente operativo, permitirá tanto a los centros docentes como a la Consejería de Educación y Cultura, con la colaboración de la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, implementar proyectos y programas destinados a la digitalización de la enseñanza.

3.7.9.3. Actuaciones en relación con la evolución del programa

Partiendo de los antecedentes positivos señalados en el apartado anterior respecto a la valoración y resultados de este programa es necesario impulsar determinados aspectos del mismo relacionados con la metodología y la práctica docente, que al mismo tiempo que favorecen la calidad e innovación en la educación, permitan avanzar hacia la gratuidad de los materiales didácticos para todas las familias.

Se considera esencial que los equipos directivos, departamentos y todo el profesorado en general avance hacia la reducción de los libros de texto como único material de consulta y trabajo del alumnado, impulsando propuestas metodológicas alternativas que no precisan libros de texto al uso.

Por ello los centros deberán consensuar e impulsar en el marco de la organización pedagógica los siguientes aspectos de aplicación general:

  • La práctica de metodologías innovadoras donde el libro de texto no sea la fuente principal de información.
  • El desarrollo y aplicación de metodologías de enseñanza en la que se utilicen materiales curriculares alternativos a los libros de texto tradicionales (materiales de elaboración propia, materiales digitales y plataformas digitales…) 

Por otra parte, en relación con el marco general del programa de préstamo de libros, se recomienda a todos los centros: 

  • El impulso de todas las acciones y vías necesarias para la donación de libros.
  • La difusión de toda la información necesaria a las familias sobre la convocatoria y características del programa incentivando su participación, independientemente de los datos de renta familiar.
  • La inclusión de los criterios para la distribución de excedentes del banco de libros en la documentación institucional del centro (Proyecto Educativo de Centro, Reglamento de Régimen Interior, Programación General Anual).

Por último, se informa que lo largo del curso 2018/2019, se implementará en la aplicación corporativa SIGECE un módulo destinado al volcado del inventario del fondo bibliográfico/digital del programa de préstamo de libros de cada centro educativo.

Se informará detalladamente sobre el funcionamiento y utilización del mismo en el momento de activación del módulo en la aplicación SIGECE.

Una vez realizado este inventario del fondo bibliográfico/digital de este programa y consideradas todas las medidas señaladas en este apartado, los datos obtenidos permitirán adoptar decisiones sobre la orientación y objetivos del programa en el curso 2019/2010.