
siempre que continúen cumpliendo todos los requisitos de la convocatoria y siendo requisito
indispensable la presentación, antes del 30 de septiembre de 2020, de la correspondiente
Declaración responsable.
- el/la menor y sus hermanos/as menores de edad
- los/as progenitores/as o tutores/as
- la pareja de los anteriores (y sus hijos/as menores)
HA DE CUMPLIMENTARSE TODA LA SOLICITUD QUE DEBEN FIRMAR:
- Ambos progenitores (salvo caso de separación o divorcio),
- Pareja de los anteriores si existen vínculo matrimonial o hijos en común.
- En su caso, persona en situación de discapacidad o dependencia que conviva en el domicilio de la unidad familiar,
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes de Ayudas se formularán en el modelo normalizado que figura como
Anexo I a la convocatoria que se encuentra disponible en los Centros Municipales Integrados y en la página web municipal (www.gijon.es).
La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de lo dispuesto en
la presente Convocatoria.
Las solicitudes habrán de presentarse íntegramente cumplimentadas y podrán presentarse a través de los
siguientes canales siendo preferentes los canales telemáticos:
- Registro electrónico
https://sedeelectronica.gijon.es/page/5603-registro-electronico
- Presencial
Con cita previa las solicitudes también podrán entregarse debidamente cumplimentadas en los
Registros de entrada de las oficinas municipales de atención a la ciudadanía
Asimismo será posible la presentación de las solicitudes o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
entre los que se incluye la presentación en las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se
establezca.
Plazo de presentación de solicitudes: del 29 de julio al 17 de agosto de 2020
Conserve el número de Registro de Entrada que le entregan al presentar la solicitud de las
ayudas en el ámbito escolar para consultar los listados.
LISTA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
Tras la valoración de las solicitudes, se publicará la lista provisional en la que figurarán todas
las solicitudes indicando las que están pendientes de subsanar documentación (especificando
la documentación a presentar) y las que incumplan los requisitos para obtener beca
(concediendo un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones y/o subsanar la
documentación).
La lista definitiva de las Ayudas en el ámbito escolar comprenderá las Ayudas concedidas, las
denegadas, así como aquéllas en las que se tenga por desistido/a al interesado/a.
LUGAR PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS
Tablón de Anuncios de la Fundación Municipal de Servicios Sociales, (Edificio Gota de Leche,
C/ Palacio Valdés, 2), Centros Municipales Integrados y en la página web del Ayuntamiento
de Gijón http://www.gijon.es/
Ayudas para la adquisición de material escolar
28/07/20
La pandemia del Covid-19 hace muy difícil la tramitación, en estos momentos, de una convocatoria de ayudas para la adquisición de material y/o libros escolares con destino al alumnado de 2º ciclo de educación infantil matriculado en centros públicos y concertados de Gijón/Xixón, ya que la misma viene suponiendo cada año la recepción de una multitud de solicitudes en las oficinas municipales de atención a la ciudadanía, las cuales actualmente no resultan asumibles dadas las limitaciones establecidas a la atención presencial; todo ello sin perjuicio de que este Ayuntamiento considere necesario continuar colaborando con las familias en el esfuerzo económico que la escolarización de sus hijos/as les ocasiona
Por ello el Concejal Delegado de Educación y Cultura ha formulado propuesta de concesión directa de las ayudas para libros y/o material escolar para el alumnado de 2º ciclo de educación infantil que sea beneficiario de la prórroga de las becas comedor para el curso escolar 2020/2021 por parte de la Fundación Municipal de Servicios Sociales. De esta forma las ayudas para material y/o libros escolares alcanzarán a unidades familiares empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón con escasos recursos económicos, ya que es requisito de acceso a las becas comedor que los ingresos de la unidad familiar sean iguales o inferiores a 2,75 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
La cuantía individual de cada ayuda concedida será de 80 € por alumno/a y consistirá en la emisión de un vale por dicho importe que se podrá destinar a financiar libros escolares y/o el material escolar que se detalla en el Anexo II de esta Resolución. Los vales serán remitidos a los domicilios de los/as beneficiarios/as mediante correo certificado con acuse de recibo.
A lo largo del mes de septiembre se prevé la realización de una nueva convocatoria de ayudas tanto para el alumnado de nueva incorporación como para quienes no sean beneficiarios de beca de comedor pero que pudieran serlo de las ayudas anteriormente señaladas, al efecto de proceder a su solicitud en los términos que se detallen en la convocatoria pertinente.
