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Ayuda mensual

12/08/18

Ayuda para alojamiento y manutención

Para recibir la ayuda mensual es obligatorio abrir una cuenta bancaria en territorio español. Antes de abrir una, conviene informarse de las condiciones que ofrecen diferentes bancos para saber cuál es el que más se ajusta a las necesidades de cada persona. Es necesario facilitar el NIE y no el número de pasaporte al abrir la cuenta.

La documentación necesaria puede variar dependiendo de la entidad bancaria. Es recomendable llevar los siguientes documentos:

  1. Documento oficial en el que figure el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

  2. Pasaporte.

  3. Certificado de empadronamiento y copia.

  4. Carta de nombramiento como auxiliar de conversación y copia.

Antes de ir al banco, deberá imprimir una copia de la “Ficha de Acreedor” para llevarla consigo el día que vaya a abrir la cuenta.

MUY IMPORTANTE:

  • Este documento es imprescindible para recibir la ayuda mensual.

  • Cada auxiliar debe completar la “Ficha de Acreedor” con sus datos personales y debe incluir obligatoriamente el Número de Identificación como Extranjero (NIE), no el número de pasaporte. Debe firmar la misma en el espacio correspondiente.

  • Al abrir la cuenta, el empleado de banca deberá completar unos datos en la “Ficha de Acreedor”, sellar, firmar y escribir su nombre en los espacios correspondientes.

  • En el momento en el que la “Ficha de Acreedor” esté debidamente cumplimentada y sellada es obligatorio entregarla en la Consejería. Sólo se admite el documento original. No son válidas copias escaneadas o fotocopiadas.

  • No puede haber tachones ni correcciones en el documento (tipex, etc).

  • Cualquier error en los datos de la “Ficha de Acreedor” implica un retraso en el cobro de las ayudas mensuales.