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Asistencia sanitaria

12/08/18

Asistencia sanitaria

Cada auxiliar de conversación tiene derecho a asistencia sanitaria durante su estancia en España.

Esta se prestará en dos modalidades:

  • Asistencia sanitaria prestada por la Seguridad Social española a auxiliares con acceso a la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE)*.

Comprende la misma cobertura asistencial que los asegurados españoles e incluye toda aquella atención que sea necesaria durante la estancia.

Antes de venir a España cada auxiliar debe comprobar que dispone de Tarjeta Sanitaria Europea y que su periodo de validez cubre todo su periodo de estancia como auxiliar de conversación, incluida la fecha de regreso prevista. Si no es así, debe solicitar una tarjeta nueva  antes de venir a España para asegurar la cobertura sanitaria durante su estancia.

Si se precisa de cuidados médicos, estos se gestionarán en el centro de salud más próximo al domicilio. Si el estado de salud impide el desplazamiento a la consulta, se puede solicitar asistencia a domicilio al centro de salud correspondiente.

El facultativo de atención primaria o especialista prescribirá los medicamentos que considere necesarios, mediante recetas extendidas en modelo oficial. Los medicamentos podrán obtenerse en cualquier farmacia mediante la entrega de las recetas.

En materia de cuidados dentales, la asistencia sanitaria sólo cubre la extracción de las piezas dentales.

  • Asistencia sanitaria prestada por una compañía de seguros para auxiliares que en su país NO tengan acceso a una Tarjeta Sanitaria Europea.

Quienes procedan de países extracomunitarios y los procedentes de países de la Unión Europea en los que NO tengan acceso a una Tarjeta Sanitaria Europea tendrán suscrita una póliza de asistencia sanitaria con una compañía de seguros que cubrirá el periodo de su estancia como auxiliar de conversación (desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo).

El/la auxiliar deberá seguir las indicaciones de la empresa aseguradora. Se les proporcionará la documentación acreditativa correspondiente y los teléfonos de contacto necesarios.

En el caso de que el/la auxiliar deba ir a consulta por enfermedad leve, conviene recordar que los medicamentos prescritos deberán abonarse en su totalidad.


*Estados en los que tiene validez la TSE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.