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Documentos de identificación personal

12/08/18

Documentos de identificación personal

Todas las personas de nacionalidad española tienen una tarjeta identificativa llamada “Documento Nacional de Identidad” (DNI) en la que figuran sus datos personales  (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, etc.) y en la que se les asigna un número identificativo.

Los y las auxiliares de conversación tienen que solicitar una tarjeta de identificación similar a la española cuya tramitación depende de su nacionalidad. También tendrán asignado un número identificativo que empieza por Y, y acaba con una letra, por ejemplo Y-123456-A. Una vez que se tenga la tarjeta identificativa, es conveniente llevarla siempre.

Auxiliares procedentes de países de la Unión Europea: Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.

Los y las auxiliares procedentes de la Unión Europea están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros donde les proporcionarán un Número de Identificación como Extranjero (NIE) y la tarjeta identificativa de color verde.

Puesto que se trata de un documento de identificación personal, es obligatorio solicitarlo y retirarlo personalmente y es necesario pagar una tasa para que se realice el trámite.

Documentación necesaria:

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX 18) debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Pasaporte en vigor: original y copia.
  3. Tarjeta Sanitaria Europea con validez que cubra todo el periodo de estancia en España: original y copia.
  4. Carta de nombramiento como auxiliar de conversación: original y copia.
  5. Certificado de empadronamiento.

Lugar de presentación: En las oficinas de tramitación para ciudadanos extranjeros en Asturias.

Importante: En el caso de la oficina de Oviedo, es necesario llamar cuanto antes para concertar la cita ya que tienen muchas solicitudes y este trámite puede retrasarse entre 2 y 3 semanas.

Auxiliares procedentes de Reino Unido (Brexit)

El Acuerdo de Retirada de Reino Unido de la Unión Europea (Brexit) ha previsto el establecimiento de un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante ese periodo se mantendrán los derechos derivados de la aplicación del Derecho de la Unión.

Los auxiliares de conversación británicos que ya tienen un certificado de registro, presentarán la siguiente documentación en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia de residencia:

  1. Impreso de solicitud EX 23 -Solicitud de tarjeta (art. 18.4 Acuerdo de Retirada).
  2. Pasaporte válido y en vigor.
  3. Impreso acreditativo del abono de la tasa correspondiente (modelo 790, código 012).
  4. Una fotografía tamaño carné.

Los auxiliares que NO tienen un certificado de registro en España, deberán presentar una solicitud con la siguiente documentación:

  1. Impreso de solicitud EX 20- Solicitud de documento de residencia artículo 18.4 para nacionales del Reino Unido.
  2. Pasaporte válido y en vigor.
  3. Original y fotocopia del  nombramiento como auxiliar de conversación.

Tras la aprobación de residencia se solicitará la tarjeta con el formulario EX 23.

Los auxiliares de conversación que lleguen después del 31 de diciembre de 2020 tendrán unos derechos distintos, bien los que les reconozca la relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido, bien, en defecto de ello, los que se les reconozca por la legislación española.

Para más información: http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/brexit

Recuerde que la realización de estos trámites es competencia de las distintas Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno del lugar donde vaya a residir.

 

Auxiliares procedentes de Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Filipinas, etc. que vienen a España como auxiliares por primera vez: Solicitar Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).

Actualmente, los visados contienen el Número de Identificación como Extranjero (NIE). En cuanto se tenga el certificado de empadronamiento, y en el plazo de un mes desde la llegada a España, se deberá solicitar la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).

Puesto que se trata de un documento de identificación personal, es obligatorio solicitarlo y retirarlo personalmente y es necesario pagar una tasa para que se realice el trámite.

 

Documentación necesaria:

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX 17) debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Pasaporte en vigor: original y copia.
  3. Carta de nombramiento como auxiliar de conversación: original  y copia.
  4. Certificado de empadronamiento.
  5. Foto tamaño carné DNI español (fondo blanco).

Lugar de presentación: En las oficinas de tramitación para ciudadanos extranjeros en Asturias.